Lo esencialmente activo, construye y cualifica. El Colegio Regional de Umpires Caracas trabaja para la formación, capacitación y actualización del gremio arbitral del Distrito Capital, tejiendo en conjunto con los diferentes colegios a nivel nacional, una red que le de forma y contenido a todas las propuestas que aporten al desarrollo y crecimiento de tan difícil profesión.
Bajo su estructura de trabajo, comparte espacio y coordinación con la Asociación de Béisbol del Distrito Capital (ABEDICA), conjugando selección, apoyo institucional y proyección de las políticas deportivas, que aportan y hacen vida en la ciudad de Caracas. Bienvenidos todos y todas a la fase inicial del gran proyecto.

lunes, 11 de abril de 2011

Interferencia Intencional y Deliberada

 
6.05 Un bateador es eliminado cuando:
(m) Un corredor precedente, a juicio del árbitro, interfiere intencionalmente a un defensor que está tratando de coger una pelota tirada o tirando una pelota, en un intento de completar cualquier jugada.
Regla 6.05(m) Comentario: El objetivo de esta regla es penalizar el equipo de la ofensiva por la deliberada e injustificada acción antideportiva del corredor al salirse de la línea de base con el evidente propósito de chocar con el jugador que pivotea en un doble play, en lugar de intentar llegar a la base. Evidentemente ésta es una jugada de apreciación del árbitro.
Nota: Ningún corredor avanza.
Video cortesía MLB

1 comentario:

  1. En una gráfica que a veces uso en charlas y talleres, del Manual del Umpire CCA, se ilustra lo que se denomina, en nuestro argot arbitral, el "área protegida", que no es otra cosa que la distancia del largo del brazo extendido del corredor que se desliza para "romper" el doble-play (jugada doble)(puede ser también su pierna extendida). Cuando un corredor no pueda llegar con su brazo o pierna extendidos a tocar la base, en un intento de "romper el doble play" (se ve claramente que Youkilis no pudo alcanzarla), ese es el indicador para que el árbitro pueda, según su juicio, decretar el doble out.
    Pero, ¡Ojo! La Regla (6.05(m)), que habla expresamente de esas situaciones de doble play por la acción de un corredor, no habla por ningún lado de que la bola queda muerta (la Regla 6.05 establece jugadas de out con bola viva y con bola muerta, y así lo expresa en cada uno de sus literales). Entonces debemos inferir que esta es una jugada de Bola Viva según la 6.05(m).

    Probablemente ese sea el motivo de la reclamación de Terry Francona.

    Sin embargo, la Regla 7.09(f) sí expresa claramente que ésta es una jugada de interferencia y que la bola queda muerta, por lo tanto los corredores no pueden avanzar, a menos que estén obligados a ello. Este es uno de los tantos "Confictos en las Reglas", donde un artículo expresa una situación y no aclara cómo queda el juego y otro artículo pareciera complementarlo.
    ¿Y por qué sucede, probablemente, la reclamación?
    Porque al decretar el doble out por interferencia del corredor, la bola queda muerta y ningún corredor -a menos que esté obligado a avanzar- avanza. El corredor de 3ra. regresa a 3ra. y el de 2da. a 2da. (Es decir, se anula la anotación del corredor de 3ra. base).

    Jugada polémica, sin duda, pero a mi juicio bien ejecutada por el umpire.

    Lo que hay que tener claro es que, al momento de dar la explicación a algún técnico, debemos informarle que ésta es una sentencia por Interferencia y que, con Interferencia no hay avance; y que, si no estamos totalmente seguros de cual es el artículo de la regla que determina esta situación, no citemos ninguno; porque lo que podemos ocasionar es una protesta del mánager(recordemos el caso de Manuel González y Ramón Armendariz y la protesta de Alfredo Pedríquez -Mánager del Magallanes-; los umpires, aún teniendo razón en el modo que aplicaron su sentencia de asignación de bases, citaron -erróneamente- una Regla distinta a la que determinaba la situación de juego que se presentó -y lo corroboraron luego en su informe-, hecho que les hizo perder la protesta y exponerse, lamentablemente, al escarnio público).

    Oswaldo Marta.

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